REFERENCIA: RADICACIÓN: DEMANDANTE: DEMANDADO: PROCESO ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA 05 001 31 05 023 (028) 2022 00172 01 MARIO ALCIDES MONROY DURANGO MG OBRAS CIVILES SAS Y MENSULA SA Medellín, tres (3) de junio de dos mil veinticinco (2025) AUTO Verificadas las actuaciones que anteceden, conforme lo establece el art. 82 del CPTSS, se dispone ADMITIR el grado jurisdiccional de consulta a favor de Demandante respecto de la sentencia proferida el 26 de julio de 2024 por el Juzgado 28 Laboral del Circuito de Medellín, en aplicación del art. 14 de la Ley 1149 de 2007.
De otro lado, conforme con el art. 13 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriada dicha decisión, se ordena, en forma inmediata CORRER TRASLADO a las partes por el término de cinco (5) días, a fin de que presenten sus alegaciones por escrito, mismas que deberán ser remitidas exclusivamente al correo electrónico: seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Por Secretaría regresen las diligencias al Despacho una vez surtidos los traslados respectivos, con el objeto de emitir la decisión de segunda instancia por escrito.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, LUZ PATRICIA QUINTERO CALLE Magistrada (*) Hipervínculo de consulta de expediente digitalizado: https://etbcsjmy.sharepoint.com/:f:/g/personal/des17sltsmed_cendoj_ramajudicial_gov_co/EnbB1xbwxaRD gd1KjHkqipYB36t7i5tIOOfhSVu5s -1ZMg?e=qMMmYC Firmado Por: Luz Patricia Quintero Calle Magistrada Sala 017 Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 15fbf2fe145d44e38b44153140af74509bb107fe3e9c333615e1f05800986867 Documento generado en 03/06/2025 09:28:45 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica