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auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 0459-2025 AutoAdmiteApelacionAuto EDMP

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Se Advierte

REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, veintidós (22) de julio de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Demandante: Accionado: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral Elkin Darío Díaz Guerra Martha Cecilia Martínez-Villalba Escobar, Jorgen Christian Clausen Martínez-Villalba, Christian Peter Clausen Martínez-Villalba Y Herederos Indeterminados de Christian Peter Clausen Mutis. 68001-31-05-001-2024-00160-01 2025-0459 Niega Medida Cautelar Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante ELKIN DARÍO DÍAZ GUERRA, contra el auto que negó medida cautelar, proferido el siete (07) de abril de 2025 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bucaramanga.

EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a las partes para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.

Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7c70963d649dc2eddeee2f97e5b065cc5f45ae6c3f247fb3744eb612a9f39dfd Documento generado en 22/07/2025 03:41:56 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica