TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá, D.C., once de mayo de dos mil veintiséis. Radicado: 11001 31 03 033 2019 00127 03 Se admiten, en el efecto SUSPENSIVO, los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia proferida el 15 de febrero de 2024 por el Juzgado 33 Civil del Circuito, dentro de la acción popular promovida por Libardo Melo Vega contra Procter & Gamble Colombia Ltda. Cabe advertir que, de conformidad con lo establecido en la Ley 2213 de 2022, los apelantes cuentan con el término de cinco (5) días, a partir de la ejecutoria del admisorio, para sustentar en esta instancia los precisos reparos en los que fundamentaron sus recursos de apelación, frente a lo cual la parte no apelante tiene cinco (5) días para la réplica.
Además, téngase en cuenta que la no sustentación de la alzada en esta instancia impone declararla desierta según el artículo 12 de la referida normatividad, pues a lo dicho en primera instancia no se le puede dar la connotación de la sustentación de los reparos que solo puede y debe hacerse ante el superior, sin perjuicio de que los apelantes acudan al Tribunal por escrito a dar alcance y desarrollo argumental a lo manifestado en primera instancia.
NOTIFÍQUESE El Magistrado, GERMÁN VALENZUELA VALBUENA 11001 31 03 033 2019 00127 03 Firmado Por: German Valenzuela Valbuena Magistrado Sala 019 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a6668b3fbaa2b7b3f5089b749ca90448c2c4fede20abada7e57f64a3e0f4dd94 Documento generado en 11/05/2026 11:16:04 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica