Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: I424-Admite2022-00044

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada sustanciadora Auto Interlocutorio N° 424 Expediente No. 76-109-31-05-003-2022-00044-01 Acumulado 11-001-31-05-005-2022-00108-01 Guadalajara de Buga, cuatro (04) de noviembre de dos mil veinticinco (2025). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la demandante MARÍA SOFÍA GÓMEZ FERNÁNDEZ y de la demandada UGPP contra la Sentencia N° 077 del 25 de septiembre de 2025, proferida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Buenaventura (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral de Primera Instancia promovido por MARÍA SOFIA GOMEZ FERNÁNDEZ y ROSA MARIANA LÓPEZ DE OLAYA contra UGPP, PATRIMONIO AUTÓNOMO TELECOM EN LIQUIDACIÓN, FIDUAGRAIRA S.A. Trámite al que fueron vinculadas MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO y MINISTERIO DEL TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL, en representación del FOPEP.

Así mismo, en atención a lo establecido en artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se procede a ordenar el traslado a las partes para que presenten sus alegatos de conclusión, iniciando por la parte recurrente por el término de cinco (5) días hábiles y continuando sucesivamente por los no recurrentes por otros cinco (5) días hábiles.

Finalizado el traslado, regrese el proceso al despacho para proferir por escrito la sentencia correspondiente. Notifíquese en Estado. Firma Electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 34c508a77643ec874c9d8ef3c5690634a5939b1e65926dc3151a893847ae860d Documento generado en 04/11/2025 10:50:38 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica