REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. Sala Civil Bogotá D.C., veinticuatro (24) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Ref.: Proceso verbal de Construcciones Castañeda S.A.S. contra Emprelac S.A.S. Según los artículos 352 y 353 del CGP el recurso de queja procede contra el auto que niega el recurso de apelación y debe interponerse en subsidio del de reposición que ha de plantearse contra aquel.
Por consiguiente, como en este caso el apoderado ni siquiera interpuso recurso de apelación contra el auto proferido en audiencia de 25 de abril de 2024, para decretar una prueba de oficio1, y menos aún el subsiguiente horizontal, no podía acudir directamente al de queja, como erradamente lo hizo. En consecuencia, se inadmite el recurso promovido y se ordena devolver la actuación al juzgado de origen.
NOTIFÍQUESE, PrimeraInstancia, 01PrimeraInstancia, 96AudienciaArt.373CGPPruebaDeOficio, min: 1:53:00 Exp. 020201900167 02 1 01Principal, archivo: Firmado Por: Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: dd33e7c012d543779ff198a79f86297250c0fbe49e74e14e83f65cfe961463c6 Documento generado en 24/09/2024 12:13:00 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica