Micelio

auto — Tribunal Superior de Manizales

Radicado: 03AutoAdmite

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Acción de tutela 17001-22-13-000-2026-00005-00 TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA DE DECISIÓN CIVIL- FAMILIA Magistrado Sustanciador JOSÉ HOOVER CARDONA MONTOYA Manizales, Caldas, catorce de enero de dos mil veintiséis. El señor Douglas Eduardo Quiñones Calle promueve acción de tutela en contra del Juzgado Promiscuo de Familia de Puerto Boyacá, Boyacá, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales que ha dejado relacionados en el libelo demandatorio.

A este Despacho le asiste competencia para avocar el conocimiento de la acción impetrada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 de la Constitución Política, 37 del Decreto 2591 de 1991 y 2.2.3.1.2.1. numeral 5. del Decreto 1069 de 2015 modificado por el artículo 1 del Decreto 333 de 2021. En consecuencia,

RESUELVE

Primero: Admitir la acción de tutela instaurada por el señor Douglas Eduardo Quiñones Calle contra el Juzgado Promiscuo de Familia de Puerto Boyacá. Segundo: Vincular al presente trámite a la Defensoría del Pueblo y su Regional Boyacá, la Procuraduría Judicial para Asuntos de Familia, la Defensoría de Familia de Puerto Boyacá. Tercero: a) Tener como prueba el escrito de tutela; b) Solicitar al Juzgado Promiscuo de Familia de Puerto Boyacá, que en el término improrrogable de un (1) día alleguen copia magnética completa del trámite de sucesión del causante Julio Eduardo Quiñones Flórez radicado con el No. 202500209.

Cuarto: Notificar este proveído a las partes, otorgando al accionado y vinculados un (1) día de plazo para pronunciarse. Quinto: Emplazar a los Herederos Indeterminados de Julio Eduardo Quiñones Flórez; por tanto, se ordena que por la Secretaría de la Sala, se efectúe de manera inmediata y en la página web de la Rama Judicial el emplazamiento de los Herederos Indeterminados de Julio Eduardo Quiñones Flórez y si dentro del día siguiente no concurren al trámite, se les designa como Curador Ad litem que los represente al Doctor Jorge Armando Uribe Betancourt1 a quien se le otorga el término de un día para contestar.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE 1 Jorgeuribe.abogado@gmail.com. Acción de tutela 17001-22-13-000-2026-00005-00 JOSÉ HOOVER CARDONA MONTOYA Magistrado Firmado Por: Jose Hoover Cardona Montoya Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 5 Civil Familia Tribunal Superior De Manizales - Caldas Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 63a7bb045c77680e723f8635b3b3d47ae16282176735fdfb0b7fa223b7283d0d Documento generado en 14/01/2026 01:59:09 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica