Micelio

auto — Tribunal Superior de Tunja

Radicado: 006 Auto Admite Tutela

Sala: SALA CIVIL FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACÁ TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL – FAMILIA REF.: Acción de tutela 1ª Instancia. Radicado 1° instancia: 15001-22-13-000-2025-00122-00 Radicado interno: 2025-0340 ACCIONANTE: MANUEL PÉREZ CALA ACCIONADO: JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE TUNJA Tunja, seis (06) de mayo de dos mil veinticinco (2025) MANUEL PÉREZ CALA, actuando en nombre propio, concurre a presentar acción de tutela en contra del JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE TUNJA, al considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y vida digna.

Lo anterior, debido a que la sede judicial accionada no ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto del 12 de julio de 2024, dentro del proceso de sucesión con radicado 202000183. De acuerdo con el recuento efectuado, teniendo en cuenta que la solicitud atiende los lineamientos del artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se habrá de iniciar este trámite constitucional y a ello se procederá. Finalmente, con el ánimo de integrar el contradictorio y garantizar los derechos de defensa y contradicción, se dispone vincular a las partes e intervinientes dentro del proceso de sucesión con radicado 2020-00183.

En consecuencia, este Despacho:

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR el trámite de la solicitud de tutela presentada por MANUEL PÉREZ CALA, en contra del JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE TUNJA.

SEGUNDO: En atención del artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, se ordena a la autoridad judicial accionada que, dentro del (1) día siguiente a la notificación 1 de esta providencia, se pronuncie sobre los hechos que expresa la parte accionante en el escrito de amparo.

TERCERO: En orden a integrar debidamente el contradictorio, VINCULAR a este trámite a las partes e intervinientes dentro del proceso de sucesión con radicado 2020-00183.

CUARTO: SOLICITAR la remisión del expediente digital del proceso objeto de reproche.

QUINTO: Por la secretaría de esta Corporación, verifíquese la notificación a la demandada por el medio más expedito y remítanse los archivos correspondientes a la petición.

SEXTO: Por secretaría de la Sala, verifíquese la notificación a los vinculados y remítase los archivos pertenecientes a la acción constitucional. Se requiere a la sede judicial criticada para que preste el apoyo necesario, con el fin de que se pueda dar cabal cumplimiento a este numeral.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE BERNARDO ARTURO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ Magistrado. Firmado Por: Bernardo Arturo Rodriguez Sanchez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Tunja - Boyaca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 04fab3a31dd6e97bbacfe462b2f6317873c19c22a81ce2fe87e9f90a29de4668 Documento generado en 06/05/2025 04:51:16 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2