REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, cuatro (04) de junio de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Demandante: Accionado: Interviniente AdExcludendum: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral BEATRIZ MARTINEZ SAAVEDRA. COLPENSIONES. LUZ ARELIS DUQUE NARANJO. 68081-31-05-001-2023-00013-01 2026-0292 Pensión Sobreviviente.
Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante BEATRIZ MARTINEZ SAAVEDRA, la demandada COLPENSIONES y la Interviniente LUZ ARELIS DUQUE NARANJO, contra la sentencia proferida en audiencia del dieciséis (16) de marzo de 2026 por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Barrancabermeja. EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a las partes apelantes para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días.
Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.
Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022. Si el expediente corresponde al Gestor Documental Sistema Integrado de Gestión Procesal SIUGJ, los alegatos deberán ser cargados en la misma plataforma.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fcea76d88338e88dd21f997edb29b4bc885cc771f53c0a766a5498ebfd3aadfb Documento generado en 04/06/2026 02:59:07 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica