TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Ponente Bogotá D. C., veintitrés (23) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Proceso. Demandante. Demandada. Expediente: Verbal Actores Sociedad Colombiana de Gestión Administradora Hotelera Dann Ltda. 11001319900520212079602 En este asunto el apoderado de la parte demandada de la referencia interpuso recurso de apelación contra la sentencia proferida el 6 de marzo hogaño, por la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales de la Dirección Nacional de Derechos de Autor, el que fue admitido mediante auto calendado 7 de mayo del año en curso.
El informe secretarial que antecede da cuenta que el extremo recurrente no sustentó las censuras al fallo en esta instancia en el plazo previsto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Lo anterior, no obstante que, de forma clara en el auto notificado en estado electrónico de 8 de mayo de los corrientes, publicado en el Sistema de Gestión Judicial Siglo XXI y en el micrositio dispuesto para ese propósito correspondiente a la Secretaría de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, se indicó que debía sustentarlo ante esta Colegiatura, pues de no realizarse en la forma y oportunidad allí contemplada se declararía desierto.
Entonces, ante el silencio del censor, quien no se pronunció en sentido alguno, se declarará desierto el recurso. Téngase en cuenta, por demás que la sustentación del recurso de apelación debe efectuarse ante el Juez de segunda instancia, como lo ha explicado la jurisprudencia de la Corte Constitucional (SU418 de 2019) y la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral (STL7317-2021, STL11190-2022, STL16294-2023, entre otros).
En mérito de lo expuesto, la suscrita Magistrada Sustanciadora integrante de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá D.C.,
RESUELVE
PRIMERO: DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación formulado por el apoderado de la parte demandada Administradora Hotelera Dann Ltda., contra la sentencia proferida el 6 de marzo hogaño, por la Subdirección de Asuntos Jurisdiccionales de la Dirección Nacional de Derechos de Autor, por lo dicho en esta providencia.
SEGUNDO: DEVOLVER el expediente digitalizado al Despacho de origen, en firme esta decisión, por Secretaría de la Sala Civil.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada (005 2021 20796 02) Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4c116de4b6abc9911874f59bcb3b213787004b26460115b85fe742669b19bccb Documento generado en 23/05/2024 10:20:46 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2