ACCION DE TUTELA RADICADO: 20001-22-14-001-2026-00197-00 ACCIONANTE: YARISETH MANOSALVA DUARTE ACCIONADO: JUZGADO PPRMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE AGUACHICA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR SALA CIVIL – FAMILIA – LABORAL Valledupar, veintiséis (26) de junio de dos mil veintiséis (2026) Revisada la solicitud de amparo constitucional, considera el Despacho que la misma reúne los requisitos consagrados en el Decreto 2591 de 1991, para su admisión, por lo tanto,
RESUELVE
Primero. ADMÍTASE la acción de tutela promovida por Yariseth Manosalva Duarte actuando en nombre propio, contra el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Aguachica, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales de petición y acceso a la administración de justicia. Segundo.
NOTIFÍQUESE al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Aguachica, a quien se le dará traslado de la demanda, para que en el término de dos (2) días siguientes del conocimiento de este proveído, tenga oportunidad de pronunciarse y aportar las pruebas que estime pertinentes. Tercero. VINCÚLESE al presente tramite a los demandados dentro del proceso ordinario laboral, Constructora Norberto Odebrecht SA, Estudios y Proyectos del Sol SAS – EPISOL SAS, y la Sociedad CSS Construcciones SA, teniendo en cuenta los hechos que sustentan el amparo.
En consecuencia,
NOTIFÍQUESELE la demanda de tutela y este proveído, para que en el término de los dos (2) días siguientes a la notificación, tengan la oportunidad de pronunciarse y aportar las pruebas que estimen pertinentes. En caso de no lograrse la notificación de los vinculados, se ORDENA que por Secretaría se fije un aviso virtual en la página web de esta Corporación Judicial, para efectuar la notificación de la acción constitucional de la referencia. Cuarto. OFÍCIESE al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Aguachica para que, en el término de un (1) día a partir de la notificación, allegue digitalizadas las 1 ACCION DE TUTELA RADICADO: 20001-22-14-001-2026-00197-00 ACCIONANTE: YARISETH MANOSALVA DUARTE ACCIONADO: JUZGADO PPRMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE AGUACHICA actuaciones surtidas dentro proceso ordinario laboral, identificado con radicado No. 20011-31-05-001-2018-00212-00, o cualquier otro que se adelante en su despacho del cual la accionante haga parte.
Quinto. DECRÉTESE Y TÉNGANSE como pruebas los documentos aportados con el escrito de tutela y los demás que se incorporen a la actuación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ÓSCAR MARINO HOYOS GONZÁLEZ Magistrado 2