República de Colombia Tribunal Superior de Distrito Judicial de Montería Sala Primera de Decisión Civil – Familia – Laboral PABLO JOSÉ ÁLVAREZ CÁEZ Magistrado ponente FOLIO 140-2026 Ref. Recurso extraordinario de revisión Demandante: Beatriz Lucia Del Carmen García De Nassif Radicación: 230012214-000-2026-10077/00 Providencia: Auto rechaza recurso de revisión Montería, Córdoba, veinte (20) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Se decide lo pertinente sobre el trámite del recurso extraordinario de revisión de la referencia. II.
Consideraciones. 1. Mediante auto del 4 de mayo de 2026, se inadmitió la demanda de revisión de la radicación y se concedió el término legal para subsanarla. 2. El plazo correspondiente concluyó ausente de reacción de la promotora, según constancia de la Secretaría de esta Sala del 19 de mayo de 2026. PJAC 3. De acuerdo con lo establecido en el inciso 2° del artículo 358 del Código General del Proceso (CGP), ante lo anterior, esto es, la desatención del deber de subsanar los yerros enrostrados a la demanda de revisión, no queda más que el rechazo de la misma.
Por lo expuesto, el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL UNITARIA DE DE MONTERÍA, DECISIÓN CIVIL SALA FAMILIA LABORAL,
RESUELVE
PRIMERO: RECHAZAR la demanda de revisión presentada en contra de la sentencia de 15 de marzo de 2024, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Chinú (Córdoba), dentro del proceso de sucesión del causante Amin Miguel Nassiff David, identificado con radicado 231823110001201300009200, conforme se motivó ut supra.
SEGUNDO: DEVOLVER los anexos sin necesidad de desglose, previas las constancias respectivas.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, PJAC Firmado Por: Pablo Jose Alvarez Caez Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Monteria - Cordoba Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ea8d0c6f0d86633c9ceb9cda7c0daf4f64ea0ff0bbf16caadc9bd3064a31d4a7 Documento generado en 20/05/2026 11:04:03 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica