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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 035-2015-00475-06 DRA RODRIGUEZ AUTO NIEGA PETICION

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. Sala Civil de Decisión Magistrada Sustanciadora SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Siete (7) de octubre de dos mil veinticinco (2025) 035 2015 00475 06 Respecto a la petición de tener a los señores William y Rodrigo Azriel Maldonado Paris como sucesores procesales de la sociedad Simah Limitada liquidada1, se NIEGA porque a pesar de ser socios de dicha entidad, lo cierto es que no están legitimados para deprecar la sucesión procesal consagrada en el artículo 68 del C.G.P. Lo anterior, debido a que mediante Resolución No. 004 de 26 de octubre de 2018, proferida por la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda de la Secretaría del Hábitat, declaró terminada la existencia de la referida entidad, siendo debidamente inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá, y en atención de ello, el liquidador Edgar Augusto Ríos Chacón en atención de sus facultades, celebró contrato de mandato con el abogado Carlos Arturo Pérez Castro, para que éste efectuara la “vigilancia y cuidado de los procesos que a la fecha de constitución del presente contrato hayan sido debidamente notificados a la sociedad intervenida ”, así como para “solicitar el reconocimiento como sucesor procesal de la intervenida Simah Ltda una vez se formalice la terminación de la existencia legal de la sociedad intervenida, debidamente registrada ante la Cámara de Comercio de Bogotá, D.C.”2.

Es decir que, encontrándose extinguida la empresa Simah Limitada, no es posible que los demandantes William y Rodrigo Azriel Maldonado Paris se 1 2 Archivo “033SolicitudSucesionProcesal.pdf”. Folio 86 del archivo “037SolicitudNegarPeticionDeSucesion.pdf”. arroguen la calidad de sucesores procesales, por cuanto tal atribución de reconocimiento solo la tendría el mandatario judicial que la representa, conforme lo transcrito en el párrafo que precede.

NOTIFÍQUESE, SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Magistrada Firmado Por: Sandra Cecilia Rodriguez Eslava Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 47f125e78cef1a9ca6ade07dbb257bf225ff4eb4430e6197e797821a9fb4c1f2 Documento generado en 07/10/2025 05:14:58 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 028 2011 00371 01