Micelio

auto — Tribunal Superior de Valledupar

Radicado: 2021-346 CARMELITA CRIOLLO VS COLPENSIONES (Auto ordena reconstruccion parcial)

Sala: SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR SALA PRIMERA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL EDUARDO JOSÉ CABELLO ARZUAGA Magistrado Ponente Valledupar, Cesar, veintisiete (27) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Referencia: Demandante: Demandado: Radicación: Decisión: ORDINARIO LABORAL CARMELITA CRIOLLO ACUÑA COLPENSIONES S.A 20011 31 05 001 2021 00346 01.

ORDENA RECONSTRUCCIÓN PARCIAL Seria del caso entrar a resolver el recurso de apelación presentado por la parte demandada Colpensiones S.A en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Aguachica, sin embargo, una vez revisado el expediente, se constata que, con la contestación de la demanda, Colpensiones S.A aportó como medio de prueba el expediente administrativo de la demandante.

La anterior documentación fue decretada como prueba en audiencia celebrada el 24 de abril del 2023, sin embargo, no milita en el expediente. Así las cosas, como quiera que es necesario para surtir el trámite de segunda instancia; conforme los dispone el artículo 328 del CGP se ORDENA la reconstrucción parcial del expediente siguiendo lo previsto en el artículo 126 ibidem.

Siendo, así las cosas, por secretaría devuélvase el expediente para que la juez de primera instancia proceda conforme a lo aquí dispuesto.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE EDUARDO JOSÉ CABELLO ARZUAGA Magistrado