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auto — Tribunal Superior de Santa Marta

Radicado: AUTO DEVUELVE 2021-00076 JIMMY TEHERAN (1)

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Tribunal Superior de Santa Marta Sala Cuarta de Decisión Civil – Familia Santa Marta, veinte (20) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Rad. 47-288-31-84-001-2021-00076-05 (Folio 542 - Tomo XII) Magistrada Ponente: TULIA CRISTINA ROJAS ASMAR Luego del examen preliminar, advierte la Sala Unitaria que previo a decidir sobre la apelación interpuesta en contra del proveído emitido el treinta (30) de julio de la anualidad que transcurre, se hace necesario ordenar la devolución del expediente al Juzgado Único Promiscuo de Familia de Fundación, Magdalena, para que proceda a corregir el reparto realizado bajo la categoría “APELACIÓN AUTO Y SENTENCIA”, como quedó plasmado en el acta respectiva, y lo realice nuevamente en forma correcta, de manera que la clase de proceso sea “APELACIÓN SENTENCIA”, toda vez que la providencia venida en alzada, es de esta estirpe.

Ello resulta imperioso, pues además de generar un conflicto de radicación y confusión en las partes, altera la distribución equitativa de procesos en el Tribunal, e influye en la integración de la Sala que adoptará la respectiva determinación, es decir, si es Sala Unitaria o de Decisión. Adicionalmente, se requerirá a la A Quo para que remita el expediente organizado y acorde con lo previsto en el Art. 122 del Código General del Proceso, y el protocolo para la gestión de documentos electrónicos, digitalización y conformación del expediente, que imponen el orden secuencial de las actuaciones, integrado por archivos bien identificados, bajo la égida de un índice, con el uso adecuado de la función de crear carpetas electrónicas, sin afectar dicha secuencia. CÚMPLASE TULIA CRISTINA ROJAS ASMAR Magistrada Rad. 47-288-31-84-001-2021-00076-05 (Folio 542 - Tomo XII) 2 Firmado Por: Tulia Rojas Asmar Magistrada Sala 004 Civil Familia Tribunal Superior De Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5404aff0f2f9d7eb5e504235ec0b0fc5e30e98ee59c2982c801ff2d12bae591f Documento generado en 20/08/2025 10:12:22 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica M.P. TULIA CRISTINA ROJAS ASMAR