Radicación No. 730013105003-202100144-01 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL IBAGUÉ SALA DE DECISIÓN LABORAL Ibagué, veintitrés (23) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Clase de proceso: Ordinario Laboral. Parte demandante: Luis Enrique Guerrero Orjuela Parte demandada: A.F.P. Porvenir S.A. Radicación: 730013105003202100144-01 M. Sustanciador Jair Enrique Murillo Minotta Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia mediante proveído AL1904-2024 del 21 de febrero de 2024, rechazó el recurso de queja presentado por la Administradora de Fondos de pensiones y Cesantías Porvenir S.A., se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto.
(Fl 14 Carpeta de la Corte). De otro lado, se dispone la devolución del expediente al Juzgado de origen, debido a que no se impusieron costas en esta instancia1. (Fl. 17 Carpeta del Tribunal). CÚMPLASE, JAIR ENRIQUE MURILLO MINOTTA Magistrado Firmado Por: Jair Enrique Murillo Minotta Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, 1 “República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Cuarta de Decisión Laboral Ibagué, dos de febrero de dos mil veintitrés….Procede la Sala a resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra de la sentencia proferida el 9 de diciembre de 2021 por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué en el proceso de la referencia….III.
DECISIÓN….TERCERO: Sin costas”… conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5cda9a447767f2a5e87f3a5c246022bdd4309cc37a5f7e85cd7105ef3969b2e2 Documento generado en 23/05/2024 02:14:53 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica