Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 06.41001-22-14-000-2026-00196-00 Admite tutela

Auto admite tutela 41001-22-14-000-2026-00196-00 Jovan Stid Vargas Camacho TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL Neiva, treinta (30) de abril de dos mil veintiséis (2026) Radicado: 41001-22-14-000-2026-00196-00 El señor Jovan Stid Vargas Camacho, actuando en nombre propio, incoa acción de tutela en contra del Juzgado Primero de Familia de Neiva, invocando la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia. Por lo anterior, se requerirá al Juzgado Primero de Familia de Neiva, para que, en el interregno de un (1) día, remita todas las actuaciones realizadas dentro del expediente con radicado 41001311000120250047400.

En consecuencia, se otorga el término perentorio de dos (2) días al (los) accionado(s) para que emita pronunciamiento. Para lo anterior, se debe remitir la comunicación a los siguientes correos electrónicos:  Juzgado Primero de Familia de Neiva: fam01nei@cendoj.ramajudicial.gov.co. Por lo expuesto, la suscrita Magistrada de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva,

RESUELVE

PRIMERO: AVOCAR el conocimiento y dar trámite preferencial y sumario a la acción de tutela promovida por el señor Jovan Stid Vargas Camacho, en contra del Juzgado Primero de Familia de Neiva.

SEGUNDO: Conforme lo expuesto, por intermedio de la Secretaría de esta Corporación se deberá notificar al extremo accionado, y al accionante, a las siguientes direcciones electrónicas y/o en cualquier otro e-mail que se determine como el acertado para el debido enteramiento de las partes:  Juzgado Primero de Familia de Neiva: fam01nei@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Auto admite tutela 41001-22-14-000-2026-00196-00 Jovan Stid Vargas Camacho  Jovan Stid Vargas Camacho: alexandersan11@hotmail.com y/o teléfono: 3152266022.

TERCERO: REQUERIR al Juzgado Primero de Familia de Neiva, para que, en el interregno de un (1) día, remita todas las actuaciones realizadas dentro del expediente con radicado 41001311000120250047400.

CUARTO: TÉNGASE como pruebas, en su valor legal, las documentales aportadas con el escrito de tutela.

QUINTO: NOTIFICAR por Secretaría, el contenido de esta decisión, remitiendo copia de la solicitud al accionado y vinculados, para que emitan pronunciamiento en el término perentorio de dos (2) días hábiles, haciéndoles saber que las respuestas e informes se deben remitir al correo electrónico institucional tutelastscflnva@cendoj.ramajudicial.gov.co.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CLARA LETICIA NIÑO MARTÍNEZ Magistrada Firmado Por: Clara Leticia Niño Martinez Magistrada Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2870150923509a88ed081a99a6446c26c7f8f98a457eed8ba4d8b997f1e80f2b Documento generado en 30/04/2026 02:39:51 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica