Bogotá, D.C., cuatro (4) de julio de dos mil veinticinco (2025). En virtud de la condena en costas a la parte demandada, Santiago Castiblanco Barrera, se fija como agencias en derecho la suma de tres (3) salarios mínimos mensuales vigentes, conforme con numeral 4 del artículo 5° del Acuerdo 10554 de 2016 del Consejo Superior de la Judicatura.
CUMPLASE, R.A.B. 11001310300120190048904 Radicado Interno: 6584