Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 02. 13001221300020250017100 decreta DT revision

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA CIVIL-FAMILIA, DESPACHO 01 Cartagena de Indias DTC, Diecinueve (19) de noviembre de dos mil veinticinco (2025). 13001.22.13.000.2025.00171.00 RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN Visto el informe secretarial que antecede y revisado el expediente, se tiene que por auto calendado 13 de agosto de 2025 fue admitida la demanda de revisión y se fijó caución para el decreto de la medida cautelar solicitada.

Comoquiera que esta no fue prestada dentro de la oportunidad, por interlocutorio adiado 1º de septiembre de 2025 se declaró precluida tal oportunidad y se requirió a la revisionista para que gestionara la notificación de los sujetos que deben intervenir en este asunto so pena de tenerse por desistido tácitamente el recurso extraordinario.

Vencido el plazo sin que se recibiera memorial o constancia sobre el cumplimiento de aquella carga, no queda otro remedio que tener por desistida tácitamente la demanda extraordinaria de revisión. En mérito de lo expuesto, la suscrita Magistrada Sustaciadora

RESUELVE

1. Tener por desistida tácitamente la demanda contentiva del recurso extraordinario de revisión promovido por la Sociedad de Activos Especiales - SAE en frente a la sentencia proferida el 21 de marzo de 2023 por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Turbaco dentro del proceso verbal de simulación promovido por Orieta Elvira Vásquez Hernández en contra la sociedad Unión de la Costa Atlántica SA - UNICAT SA, radicado bajo el número único 13-836-3103-001-2021-00224-00. 2.

No imponer condena en costas. 2 de 2 13001221300020250017100 RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN 3. Enviar el expediente objeto de revisión al juzgado de origen. 4. Archivar la actuación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIANA PATRICIA MARTÍNEZ CUDRIS Magistrada Sustanciadora. Firmado Por: Diana Patricia Martinez Cudris Magistrada Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c21bc6059647df496f0c109466f898689e42ac78dc75bdda2fcc61c2c77c79b8 Documento generado en 19/11/2025 02:41:26 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica