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auto — Tribunal Superior de Montería

Radicado: 09AutoAdmiteYVinculaFolio226-24

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería Sala Civil Familia Laboral Actuando como Juez Constitucional Folio 226-2024 Radicación n°. 23 001 22 14 000 2024 00078 00 Montería – Córdoba, quince (15) de mayo del año dos mil veinticuatro (2024). De conformidad con los Decretos 2591 de 1991, 306 de 1992, 1382 de 2000, 1983 de 2017 y 333 de 2021, admítase la correspondiente acción de tutela instaurada por el ORLANDO ANTONIO BUSTILLO SABAGH, a través de apoderado judicial, en contra del JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE SAHAGÚN - CÓRDOBA.

Téngase como pruebas las aportadas al proceso por el accionante. Vincúlense a la presente acción a la señora MIRIAM RIVERA HOYOS, ISAURA NARANJO HOYOS, FUNDACIÓN LIBORIO MEJÍA y a todos los intervinientes, dentro del proceso ejecutivo radicado bajo el número 23-660-31-03-001-2022-00189-00, proceso que se tramitó ante el juzgado accionado.

Comuníquese el objeto de la presente acción al juzgado accionado y vinculados con el fin de que se pronuncien sobre los hechos en ésta planteados, dentro de los dos (2) días siguientes a su notificación. Envíesele copia de la presente acción. Requiérase al JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE SAHAGÚN – CÓRDOBA para que, en el término de un (1) día, envíe el link del expediente correspondiente al proceso ejecutivo radicado bajo el número 23-660-31-03-001-2022-00189-00; ello a fin de poder notificar a cada una de las partes que intervinieron (partes, terceros, auxiliares de la justicia) en dicho proceso y se pueda resolver de fondo el 1 Radicación n.º 23 001 22 14 000 2024 00078 00 Folio 226-24 asunto que nos convoca, advirtiendo que el expediente electrónico deberá estar organizado, numerado, cada archivo deberá tener el nombre de la actuación que corresponda y dicho expediente debe poseer el índice electrónico, conforme a lo establecido en el protocolo de digitalización y organización del expediente digital dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura.

Una vez allegado el expediente comuníquese a las personas interesadas en el presente asunto, por el medio más expedito. En caso de no poder notificárseles personalmente,

NOTIFÍQUESELES POR ESTADO. En atención al poder adosado en la demanda, se reconocerá personería jurídica al abogado ÁNGEL LUIS PINEDO CALDERA, identificado con C.C. No. 1.065.008.814 y portador de la TP No. 333.615 del C.S. de la J., como apoderado judicial de la parte demandante Por Secretaría líbrense los oficios correspondientes.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Cruz Antonio Yanez Arrieta Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial División De Sistemas De Ingenieria Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9730bec6699905655128af31a13902c5a90cd041a3a5f112ef19de265095f626 Documento generado en 15/05/2024 09:56:32 AM 2 Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica