REFERENCIA: RADICACIÓN: DEMANDANTE: DEMANDADO: PROCESO ORDINARIO LABORAL 05001 31 05 009 2021 00362 01 LUIS FERNANDO LONDOÑO ARISMENDI ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR SA LITISCONSORTE NECESARIO: LA NACIÓN, MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Medellín, once (11) de febrero de dos mil veinticinco (2025). AUTO Verificadas las actuaciones que anteceden, conforme lo establece el art. 82 del CPTSS, se dispone ADMITIR el(os) recurso(s) de apelación interpuesto(s) contra la sentencia proferida el 23 de enero de 2025 por el Juzgado 9° Laboral del Circuito de Medellín. De otro lado, conforme con el art. 13 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriada dicha decisión, se ordena, en forma inmediata CORRER TRASLADO a las partes por el término de cinco (5) días a cada una, iniciando por el(os) apelante(s) de manera conjunta y siguiendo por las demás partes, a fin de que presenten sus alegaciones por escrito, mismas que deberán ser remitidas exclusivamente al correo electrónico: seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Por secretaría regresen las diligencias al despacho una vez surtidos los traslados respectivos, con el objeto de emitir la decisión de segunda instancia por escrito.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, LUZ PATRICIA QUINTERO CALLE Magistrada (*) Hipervínculo de consulta de expediente digitalizado: https://etbcsjmy.sharepoint.com/:f:/g/personal/des17sltsmed_cendoj_ramajudicial_gov_co/Enhfs4FdORpPk em2OS4N1o0BHBKMykN1hxTgv5fvkwaURQ?e=2Mlphd Firmado Por: Luz Patricia Quintero Calle Magistrada Sala 017 Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0f344cbd6c86f27699ba6f2f66ad752bcb72fe992de1c8e04d0c2d0ebb716cd3 Documento generado en 11/02/2025 09:10:33 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica