TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 212 Radicación No. 76-111-31-05-001-2022-00031-01 Guadalajara de Buga, veintinueve (29) de mayo de dos mil veinticinco (2025). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los apoderados judiciales de la parte demandada ASOVICALIMA y PROCOIN SA, contra el auto interlocutorio No. 220 del 30 de abril de 2025, mediante la cual declaró no probada la excepción previa; providencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Buga – (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral promovido por WILSON ASDRÚBAL CORTÉS MUÑOZ contra ASOVICALIMA y OTROS.
Providencia susceptible del recurso de alzada de conformidad con lo previsto en el numeral 3 del artículo 65 del CPT y de la SS. Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado Firma Electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e232aadcefda4337f2dc2ad72d45b07e0035b5d9baff5d3dae65655192babf7b Documento generado en 29/05/2025 01:50:50 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica