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auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 6 08001315301320250010701 03AUTOADMITE-AUTOAVOCA

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Magistrado Sustanciador: MIGUEL ANDRÉS IBÁÑEZ CASTAÑEDA Radicado n° 08001-3153-013-2025-00107-01 (Radicado interno 46.794) Barranquilla D.E.I. y P., quince (15) de enero de dos mil veintiséis (2026). Admítase la apelación interpuesta por los ejecutados Alejandro Manuel Rómulo Bravo y Sociedad Importadora y Comercializadora de Alimentos R&B S.A.S., en contra de la sentencia proferida el 16 de diciembre de 2025 por el Juzgado Trece Civil del Circuito esta ciudad, impugnación que fue concedida en el efecto devolutivo.

En cumplimiento del inciso 3° del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, que establece la obligación de las partes de sustentar el recurso y su respectiva réplica, una vez ejecutoriada la presente providencia -o la que eventualmente niegue la solicitud de pruebas-, los recurrentes dispondrán del término improrrogable de cinco (5) días hábiles para presentar la sustentación de la alzada, so pena de declararse desierta.

Se advierte a los apelantes que, conforme lo dispone el artículo 327 inciso final del Código General del Proceso, la sustentación deberá limitarse exclusivamente a «desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de primera instancia», sin que sea procedente exponer nuevas alegaciones o fundamentos jurídicos. Toda comunicación relativa a este litigio deberá remitirse a la dirección electrónica de la secretaría de esta Corporación: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Notifíquese y Cúmplase. MIGUEL ANDRÉS IBÁÑEZ CASTAÑEDA Magistrado Firmado Por: Miguel Andres Ibañez Castañeda Radicado: 08001-3153-013-2025-00107-01 (Radicado interno 46.794) Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fc67c472388d7d8965c0a5adaac70e8285f643692b2c7525cb743b20c63f3aed Documento generado en 15/01/2026 03:47:37 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2