Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 73.075. Auto requiere fecha de nacimiento (ce´dula)

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRANQUILLA – SALA LABORAL M.P.: DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Barranquilla, tres (03) de junio de dos mil veintiséis (2026) RADICACIÓN UNICA RADICACIÓN INTERNA DEMANDANTE DEMANDADO 08001310500320190045401 73.075 NANCY MARTÍNEZ BASTOS P.A.R. I.S.S. Sería del caso que esta Corporación procediese a estudiar la admisibilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto por la entidad demandada contra la sentencia judicial dictada en este estadio procesal, sin embargo, el suscrito observa que en el plenario no se encuentra acreditado el natalicio de la demandante; supuesto de hecho que resulta imperioso para determinar el interés económico que le asiste en casación. En consecuencia, se ordenará a la promotora del juicio que remita, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de este proveído, documento que acredite su fecha de nacimiento.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado. Firmado Por: Diego Guillermo Anaya Gonzalez Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3b98a926f21b7d4812162da779f449f2dfb823f7ff17206ecc2f76324360678b Documento generado en 03/06/2026 02:59:10 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica