Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL Lugar y fecha Proceso Radicado Demandante Demandados Decisión Ponente Medellín, trece (13) de abril de dos mil veintiséis (2026) Arbitramento 05001220300020240017700 María Margarita Espinosa y Otros Almacenes Éxito S.A. Admite recurso de anulación Benjamín de J. Yepes Puerta Organizado el expediente en debida forma1, en acatamiento a lo requerido por esta Corporación2 y verificado el cumplimiento de todos los requisitos legales, se ADMITE el recurso de anulación3 formulado por la parte demandante en contra del laudo proferido el 5 de febrero de 20244, por haberse cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 42 de la Ley 1563 de 2012, esto es, haber sido formulado dentro del término5 contemplado en el precepto 40 de la citada preceptiva y estar soportado en las causales enlistadas en la norma 41 de la misma reglamentación, más precisamente las contenidas en los numerales 5 y 9, debidamente sustentadas6.
De requerirse el expediente digital por alguna de las partes, deberán solicitar el link correspondiente a la Secretaría de la Sala 1 12RecepcionCorreo.pdf 2 10AutoOrdenaDevolverExpediente.pdf 3 051_Recurso_Anulacion.pdf 4 Laudo - Espinosa vs Éxito 5 de febrero 2024 copia.pdf 5 050_Radicacion_Recurso_Anulacion_20240306.pdf 6 051_Recurso_Anulacion.pdf Civil del Tribunal Superior de Medellín, al correo electrónico secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmados electrónicamente) BENJAMÍN DE J. YEPES PUERTA Firmado Por: Benjamin De Jesus Yepes Puerta Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 865b4113f6671f3b84fd270dbbfc0edb3e6137c167e5b889cdeac60787b143c6 Documento generado en 13/04/2026 04:48:35 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica