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auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310302020240043301AdmiteConcedeTérmino

Sala: SALA CIVIL

Magistrado Julián Valencia Castaño Auto No: Procedimiento: Demandante: Demandada: Radicado: Asunto: 145 de 2025 Verbal RCE Luz Marina del Socorro Mesa de Alzate y otros Rápido La Santa María y o. 05001 31 03 020 2024 00433 01 Admite apelación y da traslado. TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, cuatro (04) de diciembre del dos mil veinticinco (2025) De conformidad con lo previsto en el artículo 323 del C. G. del P. y, con lo instituido en el artículo 325 ibíd., concordado con el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se ADMITE en el efecto SUSPENSIVO el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante, frente a la sentencia proferida dentro de la acción de la referencia por el Juzgado Veinte Civil del Circuito De Oralidad de Medellín, el pasado 26 de septiembre de 2025, dentro del proceso de la referencia. La parte apelante, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto, so pena de declararse desierto el recurso de apelación, deberá presentar, la sustentación del mismo, que versará sobre los reparos concretos que blandió en primera instancia. Vencido dicho término, de la sustentación presentada –si a ello hubiera lugar- se corre traslado por el término de cinco (5) días a la parte contraria.

Las alegaciones respectivas, se enviarán al correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil del Tribunal Superior de Medellín - secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, JULIÁN VALENCIA CASTAÑO Magistrado “Al servicio de la justicia y la paz social” 1 Firmado Por: Julian Valencia Castaño Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 010 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4a011d340931981d3336cd5c369e236f3ef4936faf6edf6aba9b1b9467b9e00e Documento generado en 04/12/2025 05:10:40 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica