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auto — Tribunal Superior de San Andrés y Providencia

Radicado: AutoInadmiteRevision-signed

Ponente: Shirley Walters Álvarez

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA SIGCMA pág. 1 San Andrés, Isla, 06 de noviembre de 2024.MAGISTRADA SUSTANCIADORA: SHIRLEY WALTERS ÁLVAREZ RADICADO: 88001220800020240004100 PROCESO: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN RECURRENTE: JUAN CARLOS GARCÍA BOTERO DEMANDADOS: SENTENCIA DE FECHA 20 DE OCTUBRE DE 2022 PROFERIDA POR EL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE SAN ANDRES, ISLAS.

BRENDA BRYAN BENT Y PERSONAS INDETERMINADAS. Ingresa al Despacho el expediente contentivo del asunto de la referencia, para decidir sobre la admisibilidad de la demanda mediante la cual, el señor JUAN CARLOS GARCÍA BOTERO, interpone recurso extraordinario de revisión contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Civil Municipal de esta ciudad, el 20 de octubre de 2022, dentro del proceso verbal de Pertenencia con Rad. 880014003-001-2021-00185-00 promovido por BRENDA BRYAN BENT contra el hoy recurrente JUAN CARLOS GARCÍA BOTERO Y PERSONAS INDETERMINADAS.

Examinado el escrito introductorio, se observa que no se reúnen en su totalidad los requisitos establecidos en los arts. 357 y 358 del C.G.P, así: 1.- Omitió el recurrente indicar cuál es su domicilio y el de las partes que integraron el proceso en el que se dictó la providencia cuya revisión se pretende y mucho menos, el canal digital donde deben ser notificadas éstas y sus apoderados.

Amen que, no se acreditó el envío de la copia de la demanda y sus anexos a la parte demandada mediante correo electrónico, o de manera física, contrariando así lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del art. 357 ib en concordancia con el art 6 de la ley 2213 del 2022. 2.- Con el libelo, tampoco se adjuntó la constancia de ejecutoria de la sentencia objeto del presente recurso extraordinario, según lo establece el núm. 3° ibídem.

Proceso: Recurso Extraordinario De Revisión Recurrente: Juan Carlos García Botero Demandados: Sentencia De Fecha 20 De octubre De 2022 Proferida Por El Juzgado Primero Civil Municipal De San Andrés, Islas. Brenda Bryan Bent Y Personas Indeterminadas. 3.- Súmesele que, carece del acápite de las pruebas que pretenderá hacer valer en el litigio.

(Núm., 5 ob.cit). 4.- Se desconoce, además la fecha de la inscripción de la sentencia cuestionada, en tanto que, se omitió arrimar el folio de matrícula inmobiliaria correspondiente al predio objeto de usucapión. 5.- Finalmente, tampoco se advierte cumplido lo dispuesto en el inciso 2 del art 358 del estatuto procesal, en la medida que la demanda no fue dirigida contra todas las personas que deben intervenir en él. Circunstancia que impide tener por integrado el sujeto pasivo de esta acción. Entonces, ante las vicisitudes puestas de presente en este proveído, habrá de inadmitirse el recurso extraordinario de revisión, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 358 ob.cit, a fin que en un término de 5 día el actor proceda a subsanar los defectos mencionados que adolece, so pena de su rechazo.

En mérito de lo brevemente expuesto el Despacho, RESUELVE:

PRIMERO: Inadmitir el recurso extraordinario de revisión presentado por el señor JUAN CARLOS GARCÍA BOTERO, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: En consecuencia, conceder al recurrente el término de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación de esta providencia, a fin que corrija el escrito introductorio en los términos explicados, so pena del rechazo.

TERCERO: Reconózcase personería judicial para actuar en presentación de la parte recurrente al Dr. José Manuel Mahecha Proceso: Recurso Extraordinario De Revisión Recurrente: Juan Carlos García Botero Demandados: Sentencia De Fecha 20 De octubre De 2022 Proferida Por El Juzgado Primero Civil Municipal De San Andrés, Islas. Brenda Bryan Bent Y Personas Indeterminadas.

Mahecha, identificado con CC. N° 3.081.246 y TP. 198350 del C.S. de la J., en los términos del poder conferido.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE SHIRLEY WALTERS ÁLVAREZ MAGISTRADA