Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 001-2021-87273-02 DRA PELAEZ AUTO ORDENA DEVOLVER

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL Bogotá, D.C., dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) 11001319900120218727302 A pesar de lo ordenado en auto de 25 de junio de 2024, mediante el cual fue remitida la actuación a la Superintendencia de Industria y Comercio para que resolviera las solicitudes elevadas por Diego Mauricio Hernández García, quien pidió la interrupción y nulidad de la actuación -ver carpeta No. 92-, y la otra, aportada por Ruth Karina Ortiz Garrido, quien también deprecó la nulidad del proceso por indebida notificación -ver carpeta No. 93-, evidencia esta Corporación que la entidad de primera instancia, en abierto desconocimiento al mandato contenido en la providencia citada ut supra, envió nuevamente el proceso a este cuerpo colegiado sin dar resolución a los requerimientos elevados por las personas en mención. Y lo anterior es así, porque en auto No. 154632 del 12 de noviembre de 2024, la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales explicó que por auto del 22 de noviembre de 2023 rechazó por extemporáneo un recurso de reposición, olvidando que el medio de impugnación que repulsó fue el presentado por el apoderado de la sociedad demandada Grupo G.L.G. S.A.S. (ver contenidos de las carpetas Nos. 083, 087, 088 y 097), sin que, iterase, en el expediente se evidencie providencia alguna que resuelva los reclamos elevados por Diego Mauricio Hernández García y Ruth Karina Ortiz Garrido; tal y como se advirtió en la decisión que emitió esta Corporación el 25 de junio de 2024 En consecuencia, se dispondrá, por segunda vez, la devolución de las diligencias al estrado de origen, a fin de que proceda 1 a dar estricto cumplimiento a lo ordenado en auto del 25 junio de 2024, con estricta observancia de lo expuesto en líneas precedentes.

Con fundamento en lo anterior, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, RESUELVE:

1. REMITIR POR SEGUNDA VEZ la actuación a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, para que proceda a dar estricto cumplimiento a lo ordenado en auto del 25 de junio de 2024. 2. Hágase la anotación correspondiente, para el egreso del paginario. En el evento de que regrese el expediente, procédase al registro en el sistema de gestión judicial, teniendo en cuenta como fecha de reparto del recurso aquella en que arribe nuevamente el expediente al Tribunal.

NOTIFÍQUESE, ANGELA MARÍA PELÁEZ ARENAS Magistrada Firmado Por: Angela Maria Pelaez Arenas Magistrada Sala 009 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., 2 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8cd6d11843ed83e4304a9c69340d6808498447ca77ef4037a36 f8e0de1930d26 Documento generado en 16/12/2024 03:04:38 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3