080013105014202400076 – 01 <R.78.061> REPÚBLICA DE COLOMBIA – RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA UNO DE DECISIÓN LABORAL ASUNTO: APELACIÓN DE SENTENCIA TIPO DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE: SANDY PAOLA MENDOZA OROZCO DEMANDADOS: C.I. PRODECO S.A. C.U.I: 080013105014202400076 – 01 <R.78.061> MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA MARIA FANDIÑO DE MUÑIZ Barranquilla, diecisiete (17) de junio del año dos mil veinticinco (2025).
Anexo a los alegatos de conclusión1, se aportó poder en donde el Doctor Charles Chapman López, apoderado especial de C.I. Prodeco S.A., sustituye poder a la Doctora Cenira Isabel Rodríguez Osorio, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.007.117.720, y T.P. No. 436.325 del Consejo Superior de la Judicatura. Luego de verificar su calidad de abogado en el Registro Nacional de Abogados (SIRNA), se reconocerá personería a la Doctora Cenira Isabel Rodríguez Osorio, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.007.117.720, y T.P. No. 436.325 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderada judicial sustituta de C.I. Prodeco S.A., en los términos y para los efectos del poder conferido.
En mérito de lo expuesto, la Sala Uno de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, RESUELVE:
PRIMERO: Reconocer personería a la Doctora Cenira Isabel Rodríguez Osorio, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.007.117.720, y T.P. No. 436.325 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderada judicial sustituta de C.I. Prodeco S.A., en los términos y para los efectos del poder conferido.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Claudia Maria Fandiño De Muñiz Firmado Por: 1 Segunda Instancia – C02ApelacionSentencia – 04Alegatos. Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ff58d723499960c3e93818a40cbd00422a4ec2e84e4fc68fc5d9afc9bdb1fd88 Documento generado en 17/06/2025 10:23:03 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica