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auto — Tribunal Superior de Valledupar

Radicado: 09AutoRequiere

Sala: SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

República de Colombia Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Valledupar Sala Quinta de Decisión Civil – Familia – Laboral OLGA LUCÍA RAMÍREZ Magistrada Sustanciadora Radicación: 20001310500120230026601 Proceso Ordinario Laboral Demandante: ALCIRA JUDITH IZQUIERDO TORRES Demandado: COLPENSIONES Y OTROS. Tramite: Recurso de apelación sentencia y grado jurisdiccional de consulta.

Valledupar, diez (10) de septiembre de dos mil veinticinco (2025). Una vez revisado el expediente de la referencia y, para efectos de un mejor proveer a la hora de resolver el recurso de apelación interpuesto por Colpensiones y el grado jurisdiccional de consulta que, opera en favor de dicha entidad, en relación a la sentencia de 9 de septiembre de 2024 proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Valledupar, se ordena oficiar a Asofondos, Colpensiones y Porvenir, para que, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del presente proveído, remitan con destino al presente asunto un informe detallado en el que se precise: i) la fecha de afiliación de la demandante Alcira Judith Izquierdo Torres, identificada con CC No. 52.046.512 al Sistema General de Pensiones; ii) los traslados efectuados entre los distintos regímenes; y iii) las circunstancias relacionadas con la múltiafiliación señalada por Colpensiones en la contestación de la demanda y en los alegatos de conclusión. La información deberá enviarse al buzón de correo institucional: secscftsvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Radicación n.º 20001310500120230026601 Una vez allegada la prueba requerida, por Secretaría córrase traslado a las partes, por el término tres (3) de días, para que ejerzan el derecho de contradicción. Cumplido lo anterior, regrese inmediatamente el expediente al Despacho. Notifíquese y Cúmplase, OLGA LUCÍA RAMÍREZ Magistrada 2