Micelio

sentencia — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 02. 13001221300020230043400 CI MACODEX S.A.S vs SENTENCIA DEL 17 DE AGOSTO DEL 2022 DEL JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE CARTAGEN

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

PROCESO: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN RADICADO: 13001221300020230043400 DEMANDANTE: CI MACODEX S.A.S. DEMANDADO: SENTENCIA DEL 17 DE AGOSTO DEL 2022 DEL JUZGADO TERCERO DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MÚLTIPLES DE CARTAGENA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA CIVIL-FAMILIA Magistrado Sustanciador: JOSÉ EUGENIO GÓMEZ CALVO Cartagena de Indias, nueve (9) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Recibido el escrito de subsanación presentado dentro del término concedido y una vez efectuado el estudio pertinente, se observa que los yerros que venían advertidos en el auto del 3 de octubre de 2023 fueron subsanados en su totalidad por lo que se,

RESUELVE

PRIMERO: Admitir el presente Recurso Extraordinario de Revisión.

SEGUNDO: Notifíquese y dese traslado a quienes figuraron como parte en el proceso en que se profirió la sentencia de 17 de agosto del 2022 por el Juzgado Tercero De Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cartagena dentro del proceso ejecutivo con radicado bajo el Nro.13001-4189-003-2019-0075000, por el término de 5 días, conforme al inciso 5º del artículo 358 del C.G.P., en armonía con el artículo 91 y 291 ejusdem.

TERCERO: RECONOCER PERSONERÍA al Dr. DAVID OLIER BUENO, como apoderado judicial de la recurrente en revisión, en los términos y para los efectos indicados en el memorial – poder anexo a la demanda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JOSÉ EUGENIO GÓMEZ CALVO Magistrado Firmado Por: Jose Eugenio Gomez Calvo Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7cb10edca4276a84340866f27039210021c81d62b3467cb85c11f7ee6a4737f8 Documento generado en 09/07/2024 10:35:45 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica