Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310300620230038501 AutoAdmiteRecursoDeApelación

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, veintisiete (27) de junio de dos mil veinticinco (2025) Procedimiento: Radicado: Demandante: Demandado: Providencia Decisión: Ejecutivo 05001 31 03 006 2023 00385 01 Patrick William Lynch 5M Logistic SAS Auto Admite recurso y corre traslado Se admite, en el efecto devolutivo, el recurso de apelación interpuesto por la demandada frente a la sentencia del 16 de mayo de 2025, proferida por el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Oralidad de Medellín en el asunto de la referencia. Conforme con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, la apelante deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto.

De la sustentación presentada se correrá traslado sucesivo a la contraparte, por el término de cinco (5) días.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ MAGISTRADO Firmado Por: Jorge Martin Agudelo Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 21e8aaea6da732d12aba488c1185433ca87db6cfc87a5e47b3518cf62112ff0d Documento generado en 27/06/2025 11:37:35 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica