Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 034-2022-00056-02 -DR-CHAVARRO ADMITE SUSPENSIVO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., doce (12) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) Proceso Demandantes Demandados Radicado Instancia Decisión Ejecutivo Carlos Julio Umbacia Ruiz e Inversiones Umbacia Bohórquez & Cía.. S En C. Jorge Augusto Rojas Duarte y Ganadería JR 2008 S.A.S. 11001 31 03 034 2022 00056 02 Segunda instancia – apelación SentenciaAdmite recurso De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, en contra de la sentencia proferida en audiencia de fecha de 17 de octubre de 2024, por el Juzgado 34 Civil del Circuito de Bogotá. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberá sustentarse el recurso a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal1, atendiendo lo estatuido por el precepto 109 del compendio procesal, so pena de declararse desierto.

Presentada en oportunidad la sustentación, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Exp. 11001 31 03 034 2022 00056 02 Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c81c6059139509754a9d20c069723814c3073c43fddde1c638a253147a60e1dd Documento generado en 12/12/2024 04:02:25 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica