REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL RADICADO PROCESO 05-001-31-05-015-2022-00354-01 ORDINARIO LABORAL LUCELY DEL SOCORRO CHALARCÁ DEMANDANTE SÁNCHEZ ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE DEMANDADO COLPENSIONES Medellín, dos (2) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) De conformidad con el Acuerdo N° PCSJA223-12124 del 19 de diciembre de 2024, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, y en cumplimiento a la orden contenida en el Acuerdo N° CSJANTA24-101 del 25 de abril de 2024, emanado del Consejo Seccional de la Judicatura, se AVOCA conocimiento del presente asunto.
Verificadas las actuaciones remitidas, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte DEMANDANTE, al igual que, el presentado por COLPENSIONES, contra la sentencia de primera instancia proferida el 19 de diciembre de 2023, por el Juzgado 15 Laboral del Circuito de Medellín, y el grado jurisdiccional de CONSULTA a favor de COLPENSIONES, respecto de lo no apelado.
Por lo que se procederá a correr traslado a las partes para que presenten sus alegatos conforme lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, por el término común de cinco (5) días hábiles, los cuales deberán ser remitidos por escrito a la dirección de correo electrónico de la secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARICELA CRISTINA NATERA MOLINA Magistrada