Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 0331-2025 AutoAdmiteApelacionSentencia EDMP

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Eberth Dawrin Mendoza Palacios

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA QUINTA DE DECISIÓN LABORAL SICGMA MAGISTRADO SUSTANCIADOR: EBERTH DAWRIN MENDOZA PALACIOS Bucaramanga, nueve (09) de abril de dos mil veinticinco (2025) Radicación Única: Radicado Interno: Demandantes: Demandados: Temas: Decisión: 68081.31.05.001.2020.00198.01 2025-331 GUSTAVO ADOLFO LOPEZ MEJIA.

ECOPETROL S.A. Reliquidación Pensión Jubilación Intereses Moratorios Auto Admisorio – ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante GUSTAVO ADOLFO LOPEZ MEJIA, contra la sentencia proferida en audiencia del cuatro (04) de marzo de 2025 por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Barrancabermeja. EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a la parte apelante para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días.

VENCIDO el término anterior, empezará a CORRER igual término a las demás partes como no apelantes con el mismo objeto. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.

Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9ec53d81f242d0e137043263cbe3433d66247ade77430dc50fac509919fb2de4 Documento generado en 09/04/2025 02:52:31 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Palacio de Justicia – Calle 35 entre carrera 11 y 12.

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