CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL ATLANTICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA OCTAVA DE DECISION CIVIL-FAMILIA Barranquilla, Noviembre veintiséis (26) del año Dos Mil Veinticinco (2025) Radicación. - 00206-2024F (08-001- 22- 13- 000- 2024-00788-00) Magistrada Sustanciadora. - Dra. VIVIAN VICTORIA SALTARÍN JIMÉNEZ Se encuentra al despacho el recurso extraordinario de revisión promovido por el señor BRAULIO YANCE VALENCIA, contra la sentencia emitida el día 13 de junio de 2023, proferida por el Juzgado Octavo de Familia de Barranquilla, dentro del proceso de SUCESION INTESTADA promovido por el señor CARLOS EDUARDO YANCE VALENCIA respecto de la causante señora VIRGILIA VALENCIA DE YANCE (QEPD), radicado bajo el número 08-001-31-10-008-2019-00038-00.
Al reunir los requisitos exigidos en los artículos 355, 356 y 357 del C.G.P. se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 358 ibidem, a solicitar el expediente al Juzgado en donde se encuentra En mérito de lo expuesto, la Magistrada Sustanciadora de la Sala Octava de Decisión CivilFamilia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, RESUELVE 1.-Solicitar al Juzgado Octavo de Familia de Barranquilla, remitir a este Despacho el expediente contentivo del proceso SUCESION INTESTADA promovido por el señor CARLOS EDUARDO YANCE VALENCIA respecto de la causante señora VIRGILIA VALENCIA DE YANCE (QEPD), radicado bajo el número 08-001-31-10-008-2019-00038-00, para lo cual deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 358, inciso 1° del C.G.P. 2.- Por secretaria ofíciese en tal sentido.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE VIVIAN VICTORIA SALTARÍN JIMÉNEZ Magistrada Sustanciadora Firmado Por: Vivian Victoria Saltarin Jimenez Magistrada Sala 007 Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: de34931ed1e532743d3a140e4058a5034f46b13e94935bfb5341f0258e82e5cc Documento generado en 26/11/2025 12:45:30 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Dirección: Carrera 45 No. 44-12 Oficina 304 Correo Electrónico: scf08bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico.
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