Radicación No:730013105003202400312-01 REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL IBAGUÉ SALA DE DECISIÓN LABORAL Ibagué, diecisiete de marzo de dos mil veintiséis (2026) Clase de proceso: Ordinario Laboral. Parte demandante: Argenis Rodríguez Puentes y Otros Parte demandada: Radicación: Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. 730013105003202400312-01 M. Sustanciador Amparo Emilia Peña Mejía Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en providencia del 26 de noviembre de 2025 (AL8469-2025) aceptó el desistimiento del recurso de casación interpuesto por el apoderado de la demandada Sociedad Administradora de Fondos de pensiones Porvenir S.A. se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto (archivo 11 expediente electrónico actuaciones de la Corte).
De otra parte, en consideración a que se fijaron agencias en derecho en el ordinal segundo de la sentencia de segunda instancia proferida el 31 de julio de 20251 (archivo 11 expediente electrónico de segunda instancia), devuélvase el presente proceso al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué, donde deberá realizarse la liquidación de costas de manera concentrada, conforme con lo reglado en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
CÚMPLASE, AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA Magistrada Sentencia, Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué - Sala Tercera De Decisión Laboral, 31 de julio de 2025, radicación 73001-31-05-003-2024-00312-01: “FALLA…SEGUNDO: Costas en esta instancia a cargo de Porvenir S.A., fijándose como agencias en derecho la suma de $1.423.500.00. 1 ” Radicación No:730013105003202400312-01 Firmado Por: Amparo Emilia Peña Mejia Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d3518e369c045e7a7d933504a576f92e4e268622c033011530f016ca5657f598 Documento generado en 17/03/2026 05:11:15 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica