Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2020-00007-01

Sala: SALA LABORAL

Radicación No:733193103002202000007-02 REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL IBAGUÉ SALA DE DECISIÓN LABORAL Ibagué, treinta de enero de dos mil veintiséis (2026) Clase de proceso: Ordinario Laboral. Parte demandante: José Manuel López Cabezas Parte demandada: Bancolombia S.A. Radicación: 733193103002202000007-01 M. Sustanciador Amparo Emilia Peña Mejía Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en providencia del 22 de octubre de 2025 (AL7446-2025), declaró desierto el recurso de casación interpuesto por el demandante José Manuel López Cabezas contra la sentencia de segunda instancia, se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto (archivo 4 expediente electrónico actuaciones de la Corte).

De otra parte, en consideración a que se fijaron las agencias en derecho en el ordinal segundo de la sentencia de segunda instancia proferida el 8 de mayo de 20251 (archivo 8 expediente electrónico de segunda instancia), estas se incluirán en la liquidación de costas que de manera concentrada realice el juez de primera instancia, conforme a lo reglado en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 de Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

CÚMPLASE, AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA Magistrada Firmado Por: Amparo Emilia Peña Mejia Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima 1 Sentencia, Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué - Sala Tercera de Decisión Laboral, 8 de mayo de 2025, radicación 73319-31-03-002-2020-00007-01 “FALLA…SEGUNDO: Costas en esta instancia a cargo de la demandante, fijándose como agencias en derecho para cada uno de ellos, la suma de $1.423.500.00.” Radicación No:733193103002202000007-02 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cc5faeae30fd1eaf007d94c25900370c02b4e98d96d87dc1d82bf5bf581ab82b Documento generado en 30/01/2026 08:24:13 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica