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auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 11. 13001310300320240031001 AUTO ADMITE RECURSO

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

PROCESO: RESPONSABILIDAD MEDICA RADICADO: 13001310300320240031001 DEMANDANTE: BERENA ISABEL VÁSQUEZ OROZCO Y OTROS DEMANDADO: CLÍNICA BLAS DE LEZO Y OTROS TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA CIVIL-FAMILIA Magistrado Sustanciador: DR. JOSÉ EUGENIO GÓMEZ CALVO Cartagena de Indias, primero (01) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) De conformidad con el artículo 327 del C. G. del P., se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del 11 de noviembre de 2025 proferida por el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Cartagena. a. La parte recurrente deberá sustentar el recurso dentro del término de cinco (5) días, contados desde el día siguiente a aquél en que quede ejecutoriada esta providencia. Para tal fin “deberá sujetar su alegación a desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de primera instancia”, según se desprende del inciso final del artículo 327 del C. G. del P. “Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto”, conforme señalan los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C. G. del P. El recurrente deberá tener en cuenta que según prevé el artículo 109 del C. G. del P., “los memoriales, incluidos los mensajes de datos, se entenderán presentados oportunamente si son recibidos antes del cierre del despacho del día en que vence el término”. b. Los escritos de las partes durante este trámite deberán ser enviados en formato PDF al correo electrónico secsalcivfam@cendoj.ramajudicial.gov.co c. La fijación de los estados y los traslados podrá ser consultada en el micrositio asignado a la Secretaría de la Sala en la Página Web de la Rama Judicial.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JOSÉ EUGENIO GÓMEZ CALVO Magistrado Sustanciador Firmado Por: Jose Eugenio Gomez Calvo Magistrado PROCESO: RESPONSABILIDAD MEDICA RADICADO: 13001310300320240031001 DEMANDANTE: BERENA ISABEL VÁSQUEZ OROZCO Y OTROS DEMANDADO: CLÍNICA BLAS DE LEZO Y OTROS Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cb478a1a6b6d1d0cd9a2fe410a0d64ed4dc0fab200664f9cfe48172ff84bbd7a Documento generado en 01/12/2025 02:48:20 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica