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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 002-2022-00432-04 DRA SAAVEDRA AUTO ADMITE RECURSO

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada Ponente Bogotá D.C., veinte (20) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 110013199-002-2022-00432-04 Se admite en el efecto devolutivo1 el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandada Inés Cecilia Delgado Flores, Construcciones Colombia S.A.S. y la Inmobiliaria Tamanaco S.A.S., contra la sentencia proferida por la Delegatura de Procedimientos Mercantiles de la Superintendencia de Sociedad el 30 de septiembre de 2025.

Conforme el artículo 12 de la ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto córrase traslado a la parte apelante por el término de cinco (05) días, para que sustente el recurso, so pena de declararlo desierto si guarda silencio, siendo ello obligatorio tal como lo dispuso la Honorable Corte Constitucional en sentencia T-350 del 23 de agosto de 2024; término que empezará a correr de forma automática luego que se cumpla la ejecutoria de este proveído.

Si la parte apelante allega escrito sustentando la alzada, descórrase el mismo a las demás partes por idéntico término, de lo contrario ingrese el expediente al Despacho. En uso de la prerrogativa del artículo 121 del Código General del Proceso, debido a la alta carga laboral y para precaver la pérdida automática de competencia, se prorroga el término para decidir la instancia por seis (6) meses más, contados a partir del vencimiento2.

De otra parte, teniendo en cuenta que, la asignación de este asunto se hizo por reparto directo por conocimiento previo y no por reparto aleatorio, se ordena a la secretaria de este Tribunal, que oficie al área de reparto y/o cualquiera otra que sea competente, para que proceda 1 Artículo 323 del Código General del Proceso2 Teniendo en cuenta que la radicación en el Tribunal es del 14 de noviembre de 2025. 1 Radicado No. 110013199-002.2022.00432.04 Admite recurso a realizar la debida compensación, debiendo informar al despacho la aplicación efectiva de ese procedimiento; como soporte de lo anterior se adjunta la siguiente evidencia:

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada ASL/JEAR Firmado Por: Adriana Saavedra Lozada Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fad8a25d5466fb1bacdfa12b1a35b0dfcc3d3f72fd54334893190ed8c7ad5630 Documento generado en 20/11/2025 09:48:18 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica