TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA – SALA TERCERA DE DECISIÓN LABORAL Magistrada Ponente: MARYORI GIL ACOSTA Radicado No. 47-001-31-05-003-2016-00217-01 Veintisiete (27) de marzo de dos mil veinticinco (2025). DEMANDANTE: ANA MARÍA MENDONZA MARQUEZ. DEMANDADO: MANUEL ANTONIO AVENDAÑO MIRANDA Y HEREDEROS INDETERMINADOS DE LILIA MIRANDA DURÁN (Q.E.P.D).
AUTO Avocar el conocimiento del presente proceso. Admitir el Grado Jurisdiccional de Consulta que debe surtirse en favor de la parte demandante respecto de la sentencia de fecha 10 de diciembre de 2024 proferida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Santa Marta. De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio del 2022, córrase traslado al extremo demandante por el término de cinco (05) días para que presente sus alegaciones, vencido el término anterior, córrase traslado a los demás sujetos procesales (si los hubiere) por otros cinco (05) días para que presenten sus alegaciones.
En el evento que el/la representante del Ministerio Público quiera intervenir en este proceso, podrá emitir su concepto dentro del término que las partes tienen para alegar.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARYORI GIL ACOSTA Magistrada Ponente