TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA VALLE SALA DE DECISIÓN LABORAL AUTO INTERLOCUTORIO N° 360 Expediente No. 76-520-31-05-002-2022-00051-01 Guadalajara de Buga, trece (13) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024). Realizado el examen preliminar del asunto y por estar conforme con los lineamientos del art. 69 del C.P.T y S.S, SE ADMITE el grado jurisdiccional de consulta de la sentencia N° 0061 del 02 de septiembre de 2024, por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Palmira (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral de Única Instancia promovido por MALYULI CIFUENTES RAMÍREZ en contra de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES y la E.P.S. SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.O.S. S.A. Así mismo, en atención a lo establecido en artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se procede a ordenar el traslado a las partes por término común de cinco (5) días para que presenten sus alegatos de conclusión. Finalizado el traslado, pase el expediente al despacho para proferir por escrito la sentencia correspondiente.
Notifíquese en Estado. GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1d5b63d322b5a7e66116e5dcc40abd5a68ed268c7b980009ce711b762e3b7990 Documento generado en 13/09/2024 12:23:25 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica