República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Clase de Decisión Demandante Demandado Radicación MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Auto Simeón Mora Morales Sociedad Administradora de Fondas de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. 73001-31-05-006-2023-00219-01 Ibagué, Tolima, diecinueve (19) de enero de dos mil veintiséis (2026) Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en providencia del 11 de junio de 2025 (AL6284-2025), declaró bien denegado el recurso de casación que el apoderado judicial de la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., presentó contra la sentencia de segunda instancia, se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto (archivo 6 expediente electrónico actuaciones de la Corte).
De otra parte, en consideración a que se fijaron las agencias en derecho en el ordinal segundo de la sentencia de segunda instancia proferida el 24 de octubre de 20241 (archivo 9 expediente electrónico de segunda instancia), estas se incluirán en la liquidación de costas que de manera concentrada realice el juez de primera instancia, conforme a lo reglado en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 de Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Cúmplase, MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Magistrada 1 Sentencia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué - Sala Cuarta de Decisión Laboral, 24 de octubre de 2024, radicación 73001-31-05-006-2023-00219-01: “RESUELVE:
SEGUNDO. COSTAS a cargo de la parte demandada. Como agencias en derecho se fija la suma de $1.300.000.” Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 112b2f3b8ece018989ae6654ca5c7c17cd47ae63f6cb6cf767242befd47e10e6 Documento generado en 19/01/2026 08:06:44 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica