Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL Lugar y fecha Proceso Radicado Demandantes Demandado Providencia Decisión Ponente Medellín, 5 de agosto de 2025 Verbal / Imposición de servidumbre 05001 31 03 019 2023 00132 03 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. Dora Cecilia Moreno de Isaza Auto Admite recurso de apelación Martha Cecilia Lema Villada El despacho procede a estudiar la admisión del recurso de apelación interpuesto por ambas partes frente a la sentencia proferida el 15 de mayo de 2025 en el proceso de la referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 321 y 323 del Código General del Proceso (C.G.P.).
Una vez efectuado el examen preliminar de que trata el artículo 325 ibidem, el Despacho, ADMITE el recurso de apelación en el efecto SUSPENSIVO frente a la sentencia de 15 de mayo de 2025 proferida en el proceso de la referencia por el Juzgado Décimo Noveno Civil del Circuito de Medellín, como quiera que ambas partes interpusieron recurso frente a la sentencia proferida.
Ejecutoriado el presente auto se dejará transcurrir el término de cinco días de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 13 de junio de 2022, para que la parte recurrente sustente la apelación y a continuación correrán los cinco días de traslado de la sustentación a la parte contraria. Se recuerda el deber de las partes de enviar a la dirección de correo electrónico de las demás, un ejemplar de las alegaciones a más tardar el día siguiente de la presentación (núm. 14 art. 78 CGP).
También se les informa que para solicitar el link del expediente escaneado podrán comunicarse al siguiente correo electrónico noti01secivmed@cendoj.ramajudicial.gov.co. Para el efecto se debe indicar el radicado completo del proceso y toda la información de contacto.
NOTIFÍQUESE MARTHA CECILIA LEMA VILLADA Magistrada Radicado Nro. 05001220300020240031800