REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., veintiséis (26) de junio de dos mil veinticuatro (2024) En virtud de la condena en costas a los demandantes se fijan como agencias en derecho la suma de dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes, conforme con numeral 1° del artículo 5° del Acuerdo 10554 de 2016 del Consejo Superior de la Judicatura.
CUMPLASE, R.A.B. 11001310304920210015101