TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO Sala Civil – Familia – Laboral Magistrada Ponente CLAUDIA PATRICIA PIZARRO TOLEDO Sincelejo, quince (15) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Referencia Demandante Demandados::: Radicado: Ordinario Laboral Francisco Salas Aguas Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones 70001310500320200015401 De conformidad con lo previsto en los artículos 1° y 3° del Acuerdo No. PCSJA25-12319 de fecha 22 de julio de 2025, "Por el cual se adoptan unas medidas transitorias para la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo", se ordenó la redistribución de 130 procesos en materia laboral del Despacho 04 de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo, al Despacho 03 de esta misma Corporación, del cual la suscrita es magistrada titular.
Conforme a lo normado en el citado acuerdo, el Despacho 04 de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Sincelejo, mediante proveído de fecha 31 de julio de 2025 ordenó remitir a esta magistratura el expediente digital del proceso de referencia, asimismo dispuso que, por conducto de la Secretaría de la Sala se efectuaran las comunicaciones pertinentes a las partes, y las publicaciones respectivas en el micrositio web del Tribunal.
Cumplido lo anterior y en atención a lo dispuesto en el artículo 3° del referido acuerdo, la Secretaría de la Sala procedió a remitir el día 12 de agosto de la cursante anualidad, los 130 procesos laborales objeto de redistribución incluido el presente cartular. Recepcionadas y revisadas las actuaciones procesales adelantadas en el proceso de la referencia, y con el propósito de proveer sobre el asunto, se considera necesario avocar su conocimiento y disponer la comunicación de esta providencia a las partes mediante los canales digitales más expeditos.
Finalmente, por economía procesal, atendiendo el memorial presentado en la Secretaría de esta Corporación, se reconocerá personería adjetiva para representar los intereses de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, a la Dra. SANDRA PATRICIA HOYOS ARENIZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.143.466.310 de Barranquilla, abogada titulada, portadora de la Tarjeta Profesional No. 374.574 del C.S. de la J.; para los efectos y en los términos de la sustitución de poder conferida, previa comprobación de su calidad de abogada vigencia en el Registro Nacional de Abogados - SIRNA-, de conformidad con lo dispuesto en la ley 2213 de 2.022.
En mérito de lo expuesto, se RESUELVE:
PRIMERO: AVÓQUESE el conocimiento del proceso de referencia, ingresado a este despacho por descongestión, en los términos expuestos en precedencia.
SEGUNDO
COMUNÍQUESE esta decisión a las partes y a sus apoderados judiciales a través de los medios digitales más expeditos.
TERCERO: Reconocer personería jurídica a la Dra. SANDRA PATRICIA HOYOS ARENIZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.143.466.310 de Barranquilla, abogada titulada, portadora de la tarjeta Profesional No. 374.574 del C.S. de la J.; en calidad de apoderada judicial sustituta de la demandada la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones.
Cumplido lo anterior, regrese al Despacho para desatar el respectivo proveído.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: CLAUDIA PATRICIA PIZARRO TOLEDO Magistrada Firmado Por: Claudia Patricia Pizarro Toledo Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Sincelejo - Sucre Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 49a538349b451ddf3c5a2bb3fad5cdc45e19c2681772e906fd3c1316c03489b2 Documento generado en 15/08/2025 04:48:23 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica