República de Colombia Rama Judicial TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA SALA CIVIL Radicación: Demandante: Demandado: Proceso: Trámite: 110013103021-2012-00546-01 (Exp. 6066) Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público Constructora Normandía S.A. Acción Popular Apelación sentencia – admite Bogotá, D. C., febrero veintiocho (28) de dos mil veinticinco (2025) Se admite en efecto suspensivo, la apelación interpuesta por la actora, contra la sentencia proferida en diciembre 18 de 2024, por el juzgado 21 civil del circuito (archivo 104, cuaderno principal).
Debe la parte apelante sustentar su recurso y plantear su respectiva réplica siguiendo para ello las pautas del artículo 12, inciso 3, de la ley 2213 de 2022, aplicable a este caso, advirtiéndole que, si así no lo hace, “se declarará desierto”. El apelante deberá tener en cuenta que, acorde con el art. 327, inciso final del CGP, la sustentación debe sujetarse exclusivamente a “desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de primera instancia”.
Para precaver posibles dificultades, conocida la intermitencia de la plataforma OneDrive y los problemas del internet que generan limitaciones en los equipos de cómputo para el manejo del expediente electrónico, de acuerdo con el artículo 121 del CGP, se prorroga el término de este recurso de apelación por el máximo permitido. Los escritos que las partes presenten, deberán dirigirse exclusivamente al correo electrónico que se disponga e informe por Secretaría. Por Secretaría corríjase el reparto en cuanto al nombre de las partes.
Notifíquese y cúmplase. TIRSO PEÑA HERNANDEZ MAGISTRADO TRIBUNAL SUP. DE BOGOTÁ, SALA CIVIL Firmado Por: Tirso Peña Hernandez Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ec7c885c8f1dd1e5bf52c78c8144068b26868e5d613906842f17913bad762a34 Documento generado en 03/03/2025 06:40:10 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica