República de Colombia Rama Judicial del Poder Público. M.P. Edgar Robles Ramírez. Rad. 2022-00136-01 TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA SEXTA DE DECISIÓN - CIVIL FAMILIA LABORAL M.P. ÉDGAR ROBLES RAMÍREZ Proceso: EJECUTIVO CON GARANTÍA REA Demandante: BANCO POPULAR S.A. Demandados: SURENVIOS LTDA y MARCO TULIO TRUJILLO ESPAÑA Radicación: 41001-31-10-002-2022-00136-01 Neiva, dieciocho (18) de septiembre dos mil veinticinco (2025) Revisado el trámite procesal adelantado en segunda instancia resulta necesario aclarar de oficio el auto por medio del cual se admitió el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 03 de abril de 2024.
En auto calendado 26 de septiembre de 2024, se admitió el recurso de apelación presentado por las partes y, por error involuntario, en el numeral tercero se ordenó correr traslado a la parte “demandada” para realizar la sustentación y en el numeral cuarto se dispuso el traslado a los demás sujetos procesales. En ese orden de ideas, se dará aplicación al artículo 286 del CGP que permite la corrección de providencias en las que se haya incurrido en error de palabras, en cualquier tiempo, disponiendo la corrección del numeral tercero del auto admisorio.
Por lo anterior, se DISPONE: CORREGIR el numeral tercero del auto del 26 de septiembre de 2024, según lo expuesto, el cual quedará así: 1 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público. M.P. Edgar Robles Ramírez. Rad. 2022-00136-01 “Por Secretaría, córrase traslado por el término de cinco (5) días a las partes apelantes, para que sustenten el recurso de apelación, conforme con el inciso 3 del art. 12 de la Ley 2213 de 2022.”
NOTIFÍQUESE EDGAR ROBLES RAMÍREZ Magistrado Firmado Por: Edgar Robles Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 005 Decision Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a00031ee6556b6c4f683a1d342c2d71df43345c92e4e485bf7e37b6f142c9f29 Documento generado en 18/09/2025 11:45:40 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2