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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001310302920170008715_DrZamudioAutoAdmiteRecurso

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veinte (20) de mayo de dos mil veintiséis (2026). Proceso No. Clase: 110013103029201700087 15 VERBAL – RESOLUCIÓN DE CONTRATO Demandante: PRABYC INGENIEROS S.A.S. Demandado: ASESORÍAS Y SERVICIOS DE INGENIERÍA LTDA. – ASER INGENIERÍA LTDA. Con fundamento en los artículos 322 (incisos 2° y 3º del numeral tercero), 323 y 327 (último inciso) del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto devolutivo, el recurso de apelación que la demandada impetró contra la sentencia que el 21 de octubre de 2025, profirió el Juzgado 29 Civil del Circuito de esta ciudad, mediante la cual, en síntesis, se declaró la nulidad absoluta del contrato de promesa suscrito entre las partes respecto de los inmuebles identificados con los folios de matrículas inmobiliarias Nos. 300-209281 y 300-113919.

En oportunidad, la secretaría controlará los traslados de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 para que la apelante sustente su alzada y su contraparte eventualmente la descorra, luego de lo cual el asunto ingresará al despacho para resolver lo pertinente. So pena de los efectos procesales correspondientes, la sustentación de la alzada admitida versará, únicamente, sobre los reparos concretos que se presentaron contra el fallo de primer grado, conforme lo regula el precepto en cita y la jurisprudencia (CSJ.

SC3148-2021 y STC12927-2022). Las partes harán llegar sus respectivos escritos al correo electrónico de la secretaría: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE El magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a9d0de486f5650ad5f50e445385cc25bb44bbcd0506efd13af037483bea8344d Documento generado en 20/05/2026 02:34:33 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2