TRIBUNAL SUPERIOR SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, 23 de octubre de 2025 En el efecto SUSPENSIVO, se admite el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida por el JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE ENVIGADO, en el proceso Verbal instaurado por MARTHA OLINDA QUICENO DE ARISTIZÁBAL MARTHA CECILIA ARISTIZÁBAL QUICENO, LUCELLY MARGARITA ARISTIZÁBAL QUICENO, WILMAN ALBERTO ARISTIZÁBAL QUICENO, OMAR DE JESÚS ARISTIZÁBAL QUICENO, DUBIAN DARÍO ARISTIZÁBAL QUICENO y LORENZO DE JESÚS ARISTIZÁBAL GÓMEZ, contra PROYECTOS DE INVERSIÓN VIAL DEL PACÍFICO S.A.S.-PROVINPACÍFICO.
Se corre traslado a la parte recurrente por el término de cinco (5) días, para que sustente el recurso de apelación, únicamente sobre los reparos que oportunamente formuló contra la sentencia de primer grado y que son objeto del recurso de apelación, con la advertencia de que, el término concedido comenzará a correr a partir de la ejecutoria de esta providencia. Vencido el traslado, en cuanto fuere menester, por la Secretaría se correrá traslado por igual término a la contraparte para que se pronuncie.
NOTIFÍQUESE LUIS ENRIQUE GIL MARÍN MAGISTRADO A.I. No. Rdo: 05266-31-03-003-2021-00364-01