Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 001-2024-38404-01 DRA VELASQUEZ AUTO ADMITE RECURSO

Sala: SALA CIVIL

Verbal de Protección al Consumidor Demandante: GLADYS ADRIANA GONZÁLEZ ZAMUDIO Demandado: CONSTRUCCIONES BUEN VIVIR S.A.S. y otro Rad.11001319900120243840401 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Bogotá D.C., cuatro de noviembre de dos mil veinticinco.

En el efecto suspensivo, se admite el recurso de apelación formulado contra la sentencia proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio – Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales1. Por secretaría, contabilícense los términos de que trata el inciso 3° del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Adviértase a las partes lo dispuesto en el parágrafo del precepto 9° de esta misma Ley.

Regresen las diligencias al despacho en oportunidad. Notifíquese, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Firmado Por: Heney Velasquez Ortiz Magistrada 1 Archivo 2025010043SE0000000001, 33ActaSent20251003,24-338404 APELACIÓN TRIBUNAL, CuadernoSuperintendencia, Principal, Primera Instancia. Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cec60addada727e3dc90b593c9c095bb669ed2ad7bc3db0196fb45823abd636e Documento generado en 04/11/2025 09:18:27 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica